Oima normas vigentes de Tributación para viajeros

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recuerda a los que quieran rumbear a otros “lares” que se encuentra vigente la Declaración Electrónica Aduanera para Viajeros (eDAV), que deberán ser presentadas por las personas que ingresan o salen del país, que deberán declarar el tipo de bienes o instrumentos monetarios transportados.
Están exentos del pago de tributos aduaneros los siguientes bienes de uso personal como: prendas de vestir, objetos personales, libros, joyas, cámaras fotográficas, reproductores de sonido portátiles, teléfonos celulares, computadoras personales con sus accesorios, carritos de bebé, sillas de ruedas y equipos deportivos de uso individual, umía.
Avei, los viajeros que ingresen al país por vía aérea o fluvial disponen de un cesión de hasta 1000 dólares o su equivalente en moneda nacional para otros bienes.
En el caso de ingreso por pasos fronterizos terrestres, la franquicia es de 300 “dólares” o su equivalente en guaraníes.
Conforme a la normativa vigente, toda persona que transporte una suma superior o igual a los 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas o instrumentos como cheques de viajero, bonos, acciones, entre otros, deberá realizar la declaración correspondiente a través del sistema eDAV, mediante un “Código QR” para su exhibición a la Autoridad Aduanera.


Un conocido estafador fue aprehendido por agentes del Departamento de Búsqueda de Prófugos, dependiente de la Dirección Contra el Secuestro y Terrorismo.