Cámara anula prisión de Carlos Granada tras compurgamiento de la pena mínima
En un fallo que generó un fuerte sarambi en los pasillos de tribunales, el Tribunal de Apelación en lo Penal, Tercera Sala, dictó una resolución que marca un hito en el proceso seguido al excomunicador Carlos Javier Granada Fernández.
La Alzada declaró la nulidad absoluta del auto interlocutorio que lo mantenía bajo una estricta prisión preventiva, determinando que el procesado ya ha compurgado la pena mínima prevista para los delitos de acoso sexual y coacción. Para los magistrados, mantenerlo en un establecimiento penitenciario representaba un mba’e vai jurídico, pues vulneraba garantías fundamentales al convertir una medida cautelar en una pena anticipada antes de una sentencia firme.
La resolución dispone remitir el expediente al Tribunal de origen para que se establezcan nuevas medidas de sujeción al proceso.
No obstante, la Cámara fue enfática al ordenar que dichas disposiciones no deben implicar una modalidad de privación de libertad, abriendo paso a alternativas como la libertad ambulatoria bajo fianzas reales o restricciones de salida del país, pero siempre fuera del régimen de reclusión.
Este fallo no solo beneficia al procesado, sino que reafirma que, por más mburuvicha que sea un tribunal, nadie está por encima de lo que dicta la Constitución Nacional, asegurando que el proceso continúe de forma justa y transparente.
